El rito del toro y el fuego es tradicional del levante español, desde Cataluña baja a Castellón y como un reguero sube a Teruel y se extiende en Aragón por la cuenca del Jiloca hasta la del Jalón, desde donde asciende hasta su nacimiento junto a Medinaceli. La opinión más extendida considera que la celebración tiene orígenes celtíberos, una de cuyas tribus, los Tittos, poblaron esta comarca y la antigua ciudad de Ocilis (situada en la Villa Vieja, cerro contiguo a Medinaceli). Con el rito se estaría conmemorando la victoria de los celtíberos sobre los cartagineses en la batalla de Hélice (Elche, Alicante), en el año 229 a.C., en la que el caudillo celtíbero Orisón lanzó contra el campamento cartaginés de Amílcar Barca carretas de tea, sebo y azufre tiradas por bueyes que portaban en sus astas haces de paja ardiendo, y provocando la desbandada de los sitiadores cartagineses. v
Pero también es probable que provenga de primitivos ritos solares de carácter mitraico, vinculados a cultos telúricos, en los que se representaba la cualidad regeneradora y fecundante del sol, del toro y del fuego, frente a la cualidad pasiva e inerte de la luna. Toro y fuego simbolizan fuerza y purificación, unidos en comunión pagana que se consuma con el sacrificio del animal (acto que ya no se realiza) y la ingesta de su carne por la comunidad.
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El Toro Jubilo 2024 se celebra el sábado 16 de noviembre
EL TORO, SIEMPRE INDULTADO
La legislación autonómica exige el sacrificio de todas las reses utilizadas en los espectáculos taurinos (artículo 23 del Decreto 14/1999, de 8 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de Espectáculos Taurinos Populares de la Comunidad de Castilla y León).
Sin embargo, y como excepción a esa norma, el artículo 5 de la Ordenanza Municipal establece que el Toro Jubilo, “siguiendo la costumbre secular, será indultado al finalizar el festejo”. En los documentos más antiguos que se conservan se deja siempre constancia de esta especial protección del animal. Así, por ejemplo, en 1510, D. Juan de la Cerda, Duque de Medinaceli, autorizaba que se corriese el toro “como tienen por costumbre el día de la procesión (…) y, como me es pedido, mando que ninguna ni alguna persona sea osada de matar el dicho toro y que, acabado de correr, los dichos vecinos lo dejen vivo y sin lesión alguna”.
La tradición ininterrumpida hizo posible su declaración como Espectáculo Taurino Tradicional, permitiendo una ordenanza que exige el indulto del toro. Si se modificase la tradición, se perdería su catalogación especial y, por tanto, la posibilidad de indultar al toro, que debería ser sacrificado.
En el siglo pasado, cuando la normativa no lo impedía, fue habitual que un mismo toro (propiedad de algún vecino de Medinaceli o de los pueblos de la comarca) se utilizase en años sucesivos.